¿Qué es un Agente Financiero y su diferencia con las EAFIs?
Vamos a aclarar cuestiones en este artículo hablando del Agente Financiero, las empresas de asesoramiento Financiero, su metodología y concluir con nuestra opinión.
El Agente Financiero es una figura que asesora en materia patrimonial al usuario o inversor en activos financieros, para ello este profesional debe estar formado y actualizado en materia financiera, para vigilar los intereses del inversor con arreglo a la normativa MIFID de protección al inversor. Frente a posibles intereses de entidades financieras, el Agente Financiero busca la protección del inversor independientemente del producto financiero, para ello debe ser independiente y responder frente al consumidor por su asesoramiento.
También podrá trabajar para una entidad financiera o asesorar al inversor de manera independiente, utilizando los productos financieros de distintas entidades, el objetivo es buscar los productos financieros que mejor se adapten a la planificación y al perfil de riesgo asumido por el inversor.
Por ello el problema se presenta cuando el Agente Financiero asesora a un consumidor teniendo la nómina en un determinado banco, ese profesional, probablemente tenga la titulación de la EFA (European Financial Advisor), pero no puede utilizar productos de otras gestoras, aunque pudieran ser más idóneas para el consumidor.
El formato de Agente Financiero en otros países como Estados Unidos, es un profesional que cobra por servicios de asesoramiento con unos honorarios sin cobrar comisiones por intermediación de las gestoras de productos financieros. En nuestro país (salvo las Eafi), los agentes no cobran a sus clientes los honorarios, teniendo su única fuente de ingresos por la vía de la nómina que paga una entidad financiera, a través de la que presta servicios o, vía comisiones en caso de no percibir nómina.
En cualquier caso, la figura más independiente en cuanto al asesoramiento financiero son las EAFi (Empresas de Asesoramiento Financiero). Pueden ser empresas de asesoramiento o personas físicas que se encuentren inscritas en la CNMV (Comisión nacional del mercado de valores) y sujetas a Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, donde a partir del artículo 62, se puede entender el funcionamiento y requisitos del servicio de asesoramiento a inversores y consumidores a través de estas empresas o profesionales independientes, en dicha ley no solo habla de las Eafi sino también de todos los tipos y formas de gestionar los activos financieros, tanto para Fondos como otros inversores institucionales y minoristas, los tipos son los siguientes:
Las EAFi, se caracterizan por su independencia dado que no venden productos ni obtienen rendimientos por la venta de los mismos, sino que obtienen sus honorarios por el asesoramiento en función de los objetivos y perfil del cliente, cobrando honorarios por dicho trabajo.
En España es una figura relativamente nueva, pero absolutamente accesible y transparente dado que todas están publicadas en la C.N.M.V., pudiéndose consultar hasta los honorarios que cobran por sus servicios.
El nivel de formación y experiencia de las EAFi es alto dado que deben cumplir con los requisitos marcados por la CNMV.
¿Qué se debe tener en cuenta a la hora de recibir un asesoramiento óptimo?, primeramente, el consumidor o futuro inversor deberá exponer al profesional los siguientes puntos:
La matriz de planificación en función de los objetivos, el tiempo y el grado de riesgo.
Pondremos un ejemplo (la MIFID, puede marcar otros parámetros) de un posible inversor tipo moderado, con el siguiente test:
1.- Productos de disponibilidad inmediata con volatilidad y/o rentabilidad en torno al 0,5 – 1%
2.- Los productos de renta variable diversificados con volatilidad y/o rentabilidad al 8% – 15%
3.- Productos complejos con garantías sobre el principal con volatilidad y/o rentabilidad al 10% – 20
4.- Productos de renta variable que en función del tiempo (vencimiento de reembolso) se traspasen a fondos conservadores que mantienen las ganancias, en esta área se busca tanto la rentabilidad como la menor tributación en su reembolso, por ello la rentabilidad media óptima estará en torno al 8-10%.
Un asesoramiento financiero por un profesional formado e independiente es fundamental. Ya que, de no ser así, existe un riesgo “enorme” de pérdida del capital invertido, estas circunstancias han pasado con:
Después de pasar más de 6 años trabajando en bancos de inversión, y haber tenido la formación adecuada para poder asesorar en su momento, ayudamos a aquellas personas o empresas que no puedan acceder a las EAFis.
Por ello analizamos las planificaciones de agentes dependientes e independientes de entidades financieras. Dada nuestra actividad de revisión y auditoría, verificamos e informamos de la correcta adecuación de dichas planificaciones, tanto a la normativa MIFID, como a la mejor con los productos que planteen y su impacto. Por ello:
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